La calculadora de salario neto es una herramienta digital gratuita que te permite conocer exactamente cuánto dinero recibirás en tu cuenta bancaria después de aplicar todos los descuentos legales obligatorios en Colombia. Es fundamental entender la diferencia entre salario bruto y neto: el salario bruto es la cifra acordada con tu empleador antes de cualquier deducción, mientras que el salario neto es el dinero real que efectivamente llega a tu cuenta.
Esta herramienta está actualizada con los valores oficiales de 2025, incluyendo el salario mínimo de $1,423,500, el subsidio de transporte de $200,000, y la Unidad de Valor Tributario (UVT) fijada en $49,799. Todos estos valores son establecidos anualmente por el Gobierno Nacional y son esenciales para calcular correctamente los descuentos y aportes que se aplican a tu nómina.
Nuestra calculadora utiliza las fórmulas y porcentajes oficiales establecidos por la ley colombiana para realizar los cálculos. El proceso es completamente automático y se realiza en tu navegador, lo que garantiza la privacidad de tus datos. Aquí te explicamos paso a paso cómo funciona:
Paso 1: Descuentos obligatorios de seguridad social. Primero se calcula el 4% para salud y el 4% para pensión, que son contribuciones obligatorias que todo trabajador debe realizar. Estos aportes se descuentan directamente de tu salario bruto y son transferidos a tu EPS y fondo de pensiones respectivamente.
El subsidio o auxilio de transporte es un beneficio establecido por ley que busca apoyar a los trabajadores con menores ingresos en sus gastos de desplazamiento. Para 2025, el valor del subsidio de transporte es de $200,000 mensuales, lo que representa un incremento significativo respecto a años anteriores.
La retención en la fuente es uno de los conceptos que genera más dudas entre los trabajadores colombianos. Se trata de un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto de renta, donde tu empleador descuenta mensualmente un porcentaje de tu salario y lo entrega directamente a la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales).
Para 2025, la retención solo aplica cuando tu ingreso laboral gravable alcanza o supera las 95 UVT, equivalentes a $4,730,905. Este umbral se calcula sobre la base gravable, que es tu salario bruto menos los aportes a salud y pensión, y menos las deducciones permitidas por ley (como renta exenta del 25%, intereses de vivienda, dependientes, medicina prepagada).
Las tarifas de retención son progresivas y van desde 19% hasta 39%, aplicándose por rangos según la tabla del artículo 383 del Estatuto Tributario. Por ejemplo, si tu salario está entre 95 y 150 UVT, se retiene el 19% del excedente sobre 95 UVT. Si está entre 150 y 360 UVT, se aplica 28%, y así sucesivamente.
Es fundamental entender que la retención no es un impuesto definitivo. Al hacer tu declaración de renta anual, este dinero retenido se considera como un "prepago" del impuesto. Si la retención fue mayor al impuesto real que debes pagar, la DIAN te devuelve el exceso. Si fue menor, deberás pagar la diferencia. Por eso es importante conservar tu certificado de ingresos y retenciones que debe entregar tu empleador antes del 31 de marzo de cada año.
Los trabajadores independientes tienen obligaciones de seguridad social similares a los empleados, pero con diferencias importantes en los porcentajes y responsabilidades. Un trabajador independiente debe asumir la totalidad de los aportes (tanto su parte como la del "empleador"), lo que resulta en porcentajes más altos.
Para salud, el independiente debe cotizar el 12.5% de su ingreso base de cotización, en comparación con el 4% que descuenta un empleado. En pensión, debe aportar el 16% completo versus el 4% del empleado. Además, si su ingreso supera 4 SMMLV, debe pagar el fondo de solidaridad del 1% o 2% según corresponda.
Los independientes también están sujetos a retención en la fuente, pero con particularidades. Si emiten facturas por servicios profesionales o de consultoría, sus contratantes les aplican retención según las tarifas de honorarios o servicios (generalmente 10% u 11%), no la tabla de asalariados. Sin embargo, pueden solicitar que se les aplique la tabla del artículo 383 si les resulta más favorable.
Una ventaja de ser independiente es la mayor flexibilidad en deducciones. Pueden descontar costos y gastos necesarios para generar su ingreso (arriendo de oficina, servicios públicos, transporte, herramientas, etc.), lo que reduce la base gravable para retención e impuesto de renta. Los empleados tienen deducciones más limitadas, principalmente la renta exenta del 25% y algunas específicas como intereses de vivienda.
Además del salario neto que recibes mensualmente, como trabajador formal en Colombia tienes derecho a varias prestaciones sociales que representan un valor económico importante. Estas prestaciones no se descuentan de tu salario; son aportes adicionales que hace el empleador:
Prima de servicios: Equivalente a un salario mensual al año, se paga en dos cuotas: 50% en junio y 50% en diciembre. Si ganas el salario mínimo más subsidio de transporte, cada prima sería de $811,750. La prima se calcula sobre el salario base más el subsidio de transporte si lo recibes.
Cesantías: Corresponde a un salario mensual por cada año trabajado, pagadero en febrero del año siguiente. El empleador consigna este dinero en tu fondo de cesantías (Porvenir, Protección, etc.), donde genera intereses del 12% anual. Puedes retirarlas para compra de vivienda, mejoras, educación, o al terminar tu contrato laboral.
Intereses sobre cesantías: El empleador debe pagar anualmente un 12% de interés sobre el saldo de cesantías acumulado. Este pago se realiza directamente al trabajador en enero del año siguiente, no al fondo de cesantías.
Vacaciones: Tienes derecho a 15 días hábiles de vacaciones remuneradas por cada año de trabajo. El salario de vacaciones es tu salario base mensual sin incluir el subsidio de transporte. Durante las vacaciones sigues recibiendo tu salario normalmente.
Dotación: Si tu salario es de hasta 2 SMMLV y trabajas en ciertas actividades, el empleador debe entregarte tres dotaciones al año (zapatos y vestido de labor) en abril, agosto y diciembre. Debes haber trabajado al menos 3 meses para tener derecho a cada dotación.
Al momento de calcular tu salario neto, es frecuente cometer ciertos errores que pueden llevarte a expectativas equivocadas. Conocer estos errores te ayudará a tener una visión más realista de tu ingreso disponible:
Error 1: Olvidar el fondo de solidaridad. Muchas personas saben que deben descontar 4% para salud y 4% para pensión, pero olvidan el 1% adicional del fondo de solidaridad si su salario supera 4 SMMLV. Este descuento puede representar un monto significativo que reduce el salario neto esperado.
Error 2: No considerar la retención en la fuente. La retención puede llegar a ser un porcentaje considerable para salarios altos (hasta 39% del excedente en los rangos más altos). Algunos trabajadores se sorprenden al recibir su primer pago cuando alcanzan salarios superiores a $5,000,000 y descubren el impacto de la retención.
Error 3: Pensar que el subsidio de transporte siempre aplica. Solo recibes los $200,000 del subsidio si tu salario es igual o menor a $2,847,000. Si ganas un peso más, ya no tienes derecho. Esta es una "escalera" que genera que en algunos casos sea menos conveniente un pequeño aumento salarial.
Error 4: Confundir salario bruto con salario integral. El salario integral incluye prestaciones sociales dentro del monto acordado y solo aplica para salarios superiores a 10 SMMLV ($14,235,000 en 2025). Si tu contrato es por salario ordinario, las prestaciones no están incluidas en tu salario bruto.
Error 5: No actualizar las deducciones. Si tuviste cambios en tu situación (nuevos dependientes, compraste vivienda, contrataste medicina prepagada), debes informar a tu empleador para ajustar la retención. De lo contrario, estarás pagando retención de más durante todo el año.
El salario bruto es el monto total acordado con tu empleador antes de cualquier descuento, es decir, la cifra que aparece en tu contrato de trabajo. El salario neto es el dinero real que recibes en tu cuenta bancaria después de descontar los aportes obligatorios (salud, pensión, retención) y sumar el subsidio de transporte si aplica. Por ejemplo, si tu salario bruto es $3,000,000, tu salario neto podría ser aproximadamente $2,760,000 después de los descuentos del 8% de seguridad social, dependiendo de si aplican otros descuentos adicionales.
Los descuentos de nómina en Colombia financian el sistema de seguridad social y los servicios públicos esenciales. El 4% de salud cubre tu atención médica a través de la EPS, el 4% de pensión construye tu ahorro para el retiro, y la retención en la fuente (si aplica) es un anticipo del impuesto de renta que luego puede ajustarse en tu declaración anual. Aunque pueden parecer altos, estos aportes garantizan tu protección social y acceso a salud y pensión. El porcentaje total típico de descuentos oscila entre 8% y 17% del salario bruto, dependiendo de tu nivel de ingresos.
Sí, la retención en la fuente es solo un anticipo del impuesto de renta. Al presentar tu declaración de renta anual (obligatoria si cumples ciertos topes de patrimonio o ingresos), comparas lo retenido durante el año contra el impuesto real que debes pagar. Si te retuvieron más de lo necesario, puedes solicitar la devolución del saldo a favor a la DIAN, proceso que generalmente toma entre 2 y 6 meses. Si te retuvieron menos, debes pagar la diferencia. Por eso es importante conservar tu certificado de ingresos y retenciones y hacer bien tu declaración, ojalá con ayuda de un contador.
Existen varias formas legales de reducir tu retención: 1) Asegúrate de que te apliquen la renta exenta del 25% (hasta 240 UVT mensuales), 2) Informa a tu empleador sobre deducciones permitidas como intereses de vivienda (hasta 1,200 UVT anuales), dependientes económicos (hasta 32 UVT por cada uno), y medicina prepagada (hasta 16 UVT mensuales), 3) Realiza aportes voluntarios a pensión o AFC que son deducibles hasta el 30% de tus ingresos. Tu empleador debe considerar estas deducciones al calcular tu retención mensual. Conserva todos los certificados y documentos de soporte para tu declaración anual.
No, el subsidio de transporte de $200,000 (valor 2025) solo aplica para trabajadores con salario bruto igual o inferior a 2 salarios mínimos ($2,847,000). Adicionalmente, no tienes derecho si tu empleador te proporciona transporte o te paga un auxilio de transporte adicional. El subsidio tampoco aplica para trabajadores independientes ni para quienes trabajan desde casa (teletrabajo) en algunos casos, aunque esto último depende de los acuerdos con el empleador. Si ganas exactamente 2 SMMLV, tienes derecho; si ganas un peso más ($2,847,001), ya no aplica.
El fondo de solidaridad pensional es un aporte adicional que deben hacer los trabajadores con ingresos superiores a 4 salarios mínimos ($5,694,000 en 2025). La tarifa básica es del 1% sobre el salario base de cotización. Si tu salario supera 16 SMMLV ($22,776,000), pagas 1% adicional, y si supera 20 SMMLV ($28,470,000), pagas 2% adicional, llegando hasta un máximo total de 3%. Este aporte es solidario y se destina a financiar subsidios de pensión para personas de escasos recursos que no alcanzaron a cotizar lo suficiente. No genera ningún beneficio individual directo para quien lo paga.
La retención en la fuente por salarios en 2025 solo aplica cuando tu base gravable (no tu salario bruto) alcanza o supera 95 UVT, equivalentes a $4,730,905. La base gravable se calcula restando de tu salario bruto los aportes a salud y pensión (8%), aplicando la renta exenta del 25%, y descontando otras deducciones permitidas. Esto significa que, en la práctica, necesitas ganar aproximadamente $5,800,000 a $6,000,000 de salario bruto para que te empiece a aplicar retención, dependiendo de tus deducciones específicas. Si ganas menos, no te retienen y, por tanto, tu empleador no actuará como agente retenedor en tu caso.
No, el subsidio de transporte no es factor salarial para el cálculo de prestaciones sociales como cesantías, intereses sobre cesantías, ni vacaciones. Sin embargo, sí se incluye para el cálculo de la prima de servicios según el artículo 7 de la Ley 1 de 1963. Esto significa que si ganas el salario mínimo ($1,423,500) más el subsidio ($200,000), tu prima semestral será de $811,750, pero tus cesantías se calcularán solo sobre el salario mínimo sin el subsidio. Para efectos de aportes a seguridad social (salud y pensión), el subsidio sí se incluye en la base de cotización si tu salario total con subsidio no supera los 2 SMMLV.